10 años del RD 171/2004 sobre Coordinación Empresarial


im.html?o=3880772Los datos

El pasado 30 de enero se cumplieron 10 años del RD 171 /2004, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.

Pasados 10 años vale la pena preguntarnos si hemos conseguido los objetivos propuestos en temas de coordinación empresarial, aumentando los niveles de seguridad y disminuyendo los accidentes graves y mortales.

Si nos fijamos en las cifras de siniestralidad laboral publicados por el Observatorio Estatal de Condiciones de Trabajo, del INSHT, podemos apreciar que desde 2006 hasta los últimos datos que tenemos del 2013 los índices de siniestralidad laboral han bajado significativamente:

AÑO

Índice Incidencia Total

Índice accidentes mortales

2006

5880’1

6’1

2007

5760’3

5’1

2008

5069’1

5’1

2009

4130’7

4’2

2010

3870’9

3’9

2011

3515’2

3’8

2012

2848’9

3’2

Oct’12 – set’13

2765

3’2

Evidentemente no se atribuyen todos los méritos RD de coordinación empresarial, pero sí al conjunto de normativas y reglamentaciones relacionadas con la prevención, entre ellas la modificación de la Ley 31/1995 con la publicación de la Ley 54/2003, y al propio proceso de maduración y de concienciación social y empresarial en el tema de la prevención de riesgos laborales.

Entre otras cosas, también cabría valorar la incidencia de aspectos estructurales y coyunturales, como la propia crisis económica. A menos actividad laboral, menos accidentes.

Que hayamos mejorado embargo, no significa que estemos satisfechos. Aún queda mucho por hacer.

El análisis de la realidad

Aparte de los datos deberíamos valorar si estamos aplicando correctamente el RD y si estamos cumpliendo con el objetivo propuesto de velar por la seguridad de los trabajadores que desarrollan tareas donde concurren diversas actividades empresariales.

Muchos empresarios, y también algunos profesionales de la prevención, no han captado la filosofía del RD y se limitan a llevar a cabo algunas de las acciones de coordinación empresarial que se proponen en la normativa, con el único objetivo de dar cumplimiento.

Está claro que el mero intercambio de documentación entre empresas, evidentemente no tendrá ningún efecto sobre la actividad laboral ni sobre los riesgos que se puedan generar de la concurrencia de actividades. En lo único que nos afectará es que deberemos disponer de unos cuantos archivadores más en la oficina para guardar todos estos documentos, que por otra parte, nadie nunca se leerá.

Las claves para una coordinación eficaz

Las claves, en mi opinión, para una coordinación empresarial eficaz las encontramos en la misma normativa, pero interpretándola de manera coherente y llevándola a la práctica de forma resolutiva.

En primer lugar hay que implicar a las personas responsables tanto de la coordinación como del desarrollo de las tareas de especial riesgo, concienciando de la importancia y creando la rutina de la coordinación (o sea integrando la prevención) .

En segundo lugar, evitar el «hacer porque sí». No pedir documentación que realmente no nos es útil, no convocar reuniones innecesarias únicamente para cubrir el expediente.

En tercer lugar, hay que disponer de toda la información actualizada de las empresas concurrentes (evitando caer en la tentación de pedir documentos y listados cada dos días. Esto provoca el efecto contrario al deseado en las empresas, cayendo en la burocracia y olvidando la finalidad última de la coordinación: evitar accidentes).

En cuarto lugar, utilizar todos los medios de coordinación que nos propone la normativa y no quedarnos sólo en el primero que se cita. Las reuniones, la presencia de recursos preventivos, crear instrucciones específicas … son medios de coordinación eficaces y menos burocratizados.

En quinto lugar, adaptar los medios y recursos a la situación real de concurrencia empresarial y el riesgo previsto. El mismo real decreto contempla esta posibilidad.

Conclusión

En resumen, podemos decir que el tiempo ayuda en todo, también en las leyes. Después de 10 años ya no deberíamos ver la Coordinación Empresarial como un mero intercambio de papeles sino que hemos madurado y tanto profesionales de la prevención como empresarios nos empezamos a creer un poco más esto de la coordinación empresarial y lo vemos como algo que nos puede ayudar a reducir la siniestralidad y mejorar la seguridad y la salud de los trabajadores.

Anna Tobajas
Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales y profesora del Máster oficial en Prevención de Riesgos Laborales de la Universitat de Vic 
(Universitat de Vic – BTC Centro de Estudios Superiores).
E-mail: annatobajas@btconsulting.org