Normativa de exportación de alimentos en Reino Unido tras el BREXIT

Desde el 1 de enero de 2020 que Reino Unido (UK) salió de la Unión Europea ya partir de entonces ha cambiado su estatus respecto al comercio con el resto de estados miembros y ha pasado a ser un país tercero. Así pues, respecto a las exportaciones desde España, éstas tendrán que cumplir las exigencias del Reino Unido.

El Área de Exportaciones del Ministerio de Sanidad actualiza las notas informativas en su página web con las últimas informaciones disponibles sobre la exportación de productos alimenticios al Reino Unido. Se pueden consultar en los siguientes enlaces:

Reino Unido requiere que los establecimientos que trabajan con los productos de origen animal incluidos en el anexo III del Reglamento 853/2004 estén debidamente registrados en TRACES NT para poder exportar a este país.

Con la cumplimentación de este formulario la Agencia de Salud Pública de Cataluña transferirá sus datos a la plataforma TRACES NT.

En cuanto a la documentación que debe acompañar a los productos de origen animal cuando se exporten al Reino Unido, la información está disponible en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA)