Tras los recientes casos nos preguntamos: ¿Qué es realmente el botulismo?.
El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado una sentencia dictada por la Audiencia Nacional en respuesta a una denuncia de CC.OO. contra CaixaBank, a la que el tribunal obliga a realizar correctamente una identificación de riesgos psicosociales, entre los que el sindicato ha destacado la presión y el estrés. En la sentencia, el TS ratifica la decisión de la Audiencia Nacional, que condenaba a la entidad bancaria a realizar la identificación de estos riesgos y a adoptar las medidas correctoras y eliminadoras de los mismos, y el sindicato ha remarcado que éstos incluyen cambios organizativos y comerciales y medidas preventivas.
La Sección Sindical de CCOO en CaixaBank denunció en 2011 a la empresa ante la Inspección de Trabajo «porque en la evaluación de riesgos laborales no se hacía una correcta identificación de los riesgos psicosociales». Ante la negativa de la Dirección a los requerimientos de la Inspección de Trabajo, en 2014 CCOO presentó demanda en la Audiencia Nacional, y ésta dio la razón al sindicato.
La empresa recurrió y ahora, finalmente, el Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia dictada por la Audiencia Nacional contra CaixaBank. El Supremo, aplicando criterios europeístas desarrollados en la actual Ley de Prevención de Riesgos Laborales, recoge el desarrollo de la protección de la salud laboral mediante la negociación colectiva, así como sus limitaciones y condiciones.
Finalmente, la empresa ha sido condenada a «realizar correctamente una identificación de riesgos psicosociales y, una vez sean identificados, a adoptar las medidas correctoras y eliminadoras de los mismos (incluidos cambios organizativos y comerciales y medidas preventivas»).
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Marta Masqué
Periodista
(Universitat de Vic – BTC Centro de Estudios Superiores).
E-mail: marta.masque@btconsulting.org