La evolución del Reglamento EMAS y su relación con la ISO 14001

emas + iso 14001En 1992 la Comunidad Económica Europea (CEE) publicó la norma BS 7750, en la que se reconocía responsabilidad de la industria y de sus actividades en relación al medio ambiente.

Esta norma dio lugar al desarrollo del Reglamento (CE) 1836/1993, conocido como Reglamento EMAS I (Eco-Management and Audit Scheme), en el que la Unión Europea (UE) sienta las bases que debe cumplir un Sistema de gestión Ambiental (SGA) que englobe todas las actividades y procesos dentro de las empresas y organizaciones.

Para seguir con la evolución de esta norma, a inicios de 2001 entró en vigor el Reglamento (CE) 761/2001, conocido como EMAS II, por el que se permite a las organizaciones que se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría ambiental. Hasta este momento la EMAS I sólo se aplicaba al sector industrial, y no es hasta la entrada en vigor del reglamento EMAS II que se amplía la cobertura del SGA a cualquier empresa y/o organización que pueda tener un impacto sobre el medio ambiente o que simplemente quiera mejorar su comportamiento ambiental.

El reglamento EMAS II reconoce por primera vez los aspectos ambientales indirectos, con una serie de recomendaciones para distinguirlos, y reconoce el sistema de gestión ISO 14001 como SGA base para el desarrollo de un sistema basado en el Reglamento EMAS II.

A principios de 2010 entró en vigor el Reglamento (CEE) 1221/2009, conocido como EMAS III, el cual sigue la línea de promoción de mejora continua del comportamiento ambiental mediante el establecimiento y la aplicación de un SGA que incluya la evaluación sistemática y continua del las actividades y procesos de la empresa y/o organización, la apertura y difusión de la información sobre el comportamiento ambiental de la actividad, la posibilidad de la implicación del público y del resto de partes interesadas en la gestión ambiental y la implicación activa y responsable de los trabajadores mediante una formación adecuada.

Como novedad importante, el nuevo reglamento abre la posibilidad de registrarse en EMAS III en empresas y organizaciones de fuera de la Unión Europea, creando el llamado EMAS Global.

Teniendo en cuenta esta evolución, podemos decir que el Reglamento EMAS III:2009 es más exigente que la norma ISO 14001:2004 ya que obliga a cumplir todos los requisitos de esta (la toma como base del SGA) y, además:

  1. La identificación de aspectos ambientales indirectos.
  2. La implicación de los trabajadores en el establecimiento de objetivos y metas ambientales.
  3. La información continua de las partes interesadas en relación al comportamiento ambiental de la actividad. Obligación de suministrar periódicamente información ambiental mediante la Declaración Ambiental: documento que expone, de manera clara y concisa, el comportamiento ambiental de la organización y el resultado de sus actuaciones en esta materia.
  4. El Registro Público de organizaciones adheridas al EMAS tanto a nivel Europeo como, también, por parte de empresas y/u organizaciones de cualquier otra parte del mundo.

Gerard Canals Puigvendrelló

Licenciado en Ciencias Ambientales e Ingeniero Técnico Agrícola
Tutor del Máster de Gestión Ambiental y Sostenibilidad
(Universitat de Vic – BTC Centro de Estudios Superiores).
E-mail: gerard@higienealimentaria.com