Uso de la mención «super food» en el etiquetado alimentario

A menudo la dinámica comercial del sector alimentario supone la aparición de menciones en el etiquetado que implican cierta controversia al no poderse garantizar la veracidad de la información que aportan al consumidor.

Recientemente, una de estas menciones aparecidas en el mercado es la de los llamados súper alimentos, o «Super Foods», que cada vez más podemos encontrar en la etiqueta de ciertos productos que buscan atraer la atención de los compradores a través de sus supuestos beneficios para la salud.

Pero, ¿qué hay de cierto detrás de estos supuestos súper alimentos? Y, ¿como deberían aparecer en el etiquetado según la normativa vigente?

La identificación de ciertos alimentos con la denominación de «Super Foods», así como la inclusión de este término en las etiquetas alimentarias, implica la utilización de una mención no regulada por ninguna normativa legal.

Desde un punto de vista científico, los llamados súper alimentos no están definidos como tales, sino que son alimentos a los que se les reconocen aportes nutricionales concretas y beneficiosas para la preservación de la salud siempre dentro de una dieta equilibrada y variada. Estos alimentos, desde un punto de vista nutricional, se conocen como alimentos funcionales, entendiendo que aportan cantidades significativas de determinados nutrientes con funciones específicas para nuestro organismo.

A nivel comercial, la mención «Super Food» suele acompañar a alimentos poco conocidos en el mercado o exóticos (como las bayas de goji, la chía, la quinoa, etc.), sin embargo la verdad es que muchísimos alimentos de nuestra dieta habitual podrían ser considerados súper alimentos o, mejor dicho, alimentos funcionales, en base a sus aportaciones nutricionales.

En la normativa de etiquetado incluye la regulación de muchas menciones nutricionales que las empresas pueden utilizar para resaltar las propiedades nutricionales de sus productos (Rico en …, Contiene …, Sin …, Bajo contenido en …, etc.) y son éstas las menciones a utilizar, previo cumplimiento de los respectivos requisitos de uso, para promocionar los beneficios de sus productos. Lo que no es correcto es utilizar una mención generalista y ambigua como la de «Super Food» para dar a entender que el alimento aporta beneficios más amplios de los que realmente aporta.

Así pues, para cumplir con la normativa vigente a nivel de etiquetado lo más correcto sería prescindir de la mención «Super Food» y ceñirnos a algunas de las menciones reguladas por la normativa que hacen referencia a la presencia o ausencia de determinados nutrientes en los alimentos.

Gerard Canals i Puigvendrelló

 

Máster Seguridad AlimentariaMáster APPCC