La OCU indica 10 alimentos que se pueden comer “caducados”
Los alimentos pueden tener fecha de caducidad o fecha de consumo preferente. La diferencia es muy clara: si se consumen después de su fecha, los primeros pueden poner en riesgo nuestra salud mientras que los segundos no son peligrosos.
Así, y segun informa la OCU, no hay problema por consumir estos 10 alimentos con fecha de consumo preferente días o semanas después, mientras no estén abiertos ni presenten signos de estar deteriorados. Eso sí, puede que tengan peor sabor o textura:
- Yogures.
- Pan de molde.
- Patatas fritas y frutos secos.
- Bollos y galletas.
- Refrescos y alcohol.
- Pastas, arroces y legumbres.
- Mermelada y mantequilla.
- Embutidos y quesos curados.
- Sopas y salsas de sobre.
- Envases de tomate.
Alimentos calificados como “no perecederos”
Por otro lado, hay alimentos que no llevan ni fecha de caducidad ni fecha de consumo preferente, como por ejemplo: las bebidas alcohólicas con una graduación superior a un 10% del volumen; frutas y hortalizas fresca; pan y bollería de consumo en 24 horas, vinagre, sal, azúcar, chicles… Eso no quita que se estropeen al cabo del tiempo, pero no tienen obligación de llevar una fecha de caducidad.
Especial atención con la carne y el pescado
Es imprescindible tomar precauciones con la carne y el pescado. Pasada la fecha de caducidad, hay que abstenerse de comer carnes, pollo, pescado o queso fresco. El riesgo puede presentarse incluso antes de esa fecha si los alimentos no se han conservado a temperaturas adecuadas. Existe la posibilidad de que sean portadores de microbios y algunos de ellos, al proliferar, desencadenen intoxicaciones y enfermedades.